La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha iniciado una investigación para estudiar posibles prácticas anticompetitivas dentro del mercado de fabricación y comercialización de uniformes, vestuario profesional y equipamiento en el territorio nacional.
En concreto, entre los días 5 y 7 de noviembre de 2019 se realizaron inspecciones domiciliarias en la sede de varias empresas e instituciones activas en el citado mercado. Dichas empresas habrían concurrido presuntamente de forma concertada a las licitaciones convocadas por diversos clientes, localizados en todo el territorio nacional, para el suministro de prendas de uniforme, vestuario profesional y equipamiento.
Las inspecciones suponen un paso preliminar en el proceso de investigación de las supuestas conductas anticompetitivas y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas inspeccionadas. Si como resultado de la inspección se encontrasen indicios de prácticas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, se procederá a la incoación formal de expediente sancionador.
Los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la legislación de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10% del volumen de negocios total de las empresas infractoras.
La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados.
Para ello se cuenta, entre otros, con el programa de clemencia, que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección, o de una reducción del importe de la multa que pudiera imponérsele, si aporta información con valor añadido significativo, en relación con una investigación ya iniciada por la CNMC.
Asimismo, la CNMC dispone de una plataforma online de colaboración ciudadana para la detección de cárteles mediante la aportación de información anónima sobre eventuales acuerdos secretos entre empresas competidoras para la fijación de precios u otras condiciones comerciales, el reparto de los mercados o de los clientes, o el reparto fraudulento de las licitaciones públicas o privadas.