Ya hemos conocido las conclusiones del Abogado General del TSJE y son favorables al consumidor. Concluye que la cláusula de IRPH debe someterse a control judicial para ser declarada abusiva.
Aunque estos comentarios no son vinculantes, en el 80% de los casos el Tribunal falla en el mismo sentido. Además, la Comisión Europea, en su informe previo, también dio la razón al hipotecado reconociendo la posible abusividad de la cláusula de IRPH.
Todas las fases hasta ahora se han ido resolviendo a favor de los consumidores, por lo que tenemos muchos motivos para pensar que la sentencia será estimatoria. Queda esperar a que se produzca el fallo que prevemos en los primeros meses de 2020.
Recomendamos no aceptar ningún tipo de acuerdo ni firmar ningún documento ya que con la aceptación de la propuesta de las entidades financieras es probable que estés renunciando a la posibilidad de emprender acciones legales.