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La sentencia europea del IRPH cada vez más cerca

Ya hemos conocido las conclusiones del Abogado General del TSJE y son favorables al consumidor. Concluye que la cláusula de IRPH debe someterse a control judicial para ser declarada abusiva.

Aunque estos comentarios no son vinculantes, en el 80% de los casos el Tribunal falla en el mismo sentido. Además, la Comisión Europea, en su informe previo, también dio la razón al hipotecado reconociendo la posible abusividad de la cláusula de IRPH.

Todas las fases hasta ahora se han ido resolviendo a favor de los consumidores, por lo que tenemos muchos motivos para pensar que la sentencia será estimatoria. Queda esperar a que se produzca el fallo que prevemos en los primeros meses de 2020.

Recomendamos no aceptar ningún tipo de acuerdo ni firmar ningún documento ya que con la aceptación de la propuesta de las entidades financieras es probable que estés renunciando a la posibilidad de emprender acciones legales.

¿Qué es el IRPH?

El IRPH o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, es uno de los tipos de interés más utilizados en España junto con el Euribor. Las hipotecas referenciadas a este índice poseen un tipo de interés muy elevado que se extrae haciendo una media de los intereses aplicados por cajas y bancos.  Sobre este índice planea la sospecha de la falta de transparencia en su comercialización por parte de los bancos. La causa fue llevada a Europa después de que el Supremo no lo considerara abusivo.

Hay esperanza los más de 1.000.000 de afectados. El Abogado General del Tribunal de Justicia de las Unión Europea,  los abogados defensores del consumidor afectado y la propia Comisión Europea, han defendido la obligación de someter el índice IRPH al control de transparencia y abusividad, y han considerado que se debió haber dado al consumidor “información suficiente y comprensible” sobre el propio funcionamiento del IRPH.

¿Qué se reclama?

Actualmente revisamos tu hipoteca y reclamaremos el resto de cláusulas abusivas. Si tienes IRPH quedamos a la espera del pronunciamiento del TJUE para presentar la demanda con plenas garantías.

La clave es la falta de transparencia al incluir la cláusula IRPH. Una vez que la justicia europea nos avale, pediremos que se anule, o en su defecto, se convierta el préstamo al Euribor y la devolución de la cantidad pagada de más.

En líneas generales, para una hipoteca media de 180.000 euros a devolver en 20 años, contratada en 2008 y referenciada a IRPH + el diferencial de 0,25%, una familia habría pagado en estos 10 años 21.265 euros de más.

*Los datos mostrados son una simulación para una hipoteca de 170.000 € de capital, a 25 años, con tipo de interés variable de IRPH + 0,8% de diferencial. El resultado puede variar en función de cada supuesto en concreto. La contratación del producto está sometida a un estudio previo de viabilidad. En caso de reclamación judicial su resolución dependerá de un Juez.

GrupoSytel nace en 2011 y en apenas dos años se convierte en el despacho de abogados Referencia en derecho del consumidor en España.

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